Thursday, October 01, 2026

Alumno, maestro y compañero en las artes marciales japonesas.

 

Alumno, maestro y compañero en las artes marciales japonesas.

Por:

Dr. Manuel Coronado, PhD.

Abogado-CpA-Investigador

Docente de grado y Post grado


 

Reflexión:  

En el contexto del budō japonés, la condición de alumno no surge simplemente de entrenar o compartir con una persona de mayor edad o graduación. La relación maestra-alumno presupone una relación reconocible de enseñanza y aprendizaje, en la cual una persona asume la función de enseñar, orientar y transmitir conocimientos, mientras la otra se coloca en posición de recibir sistemáticamente esa enseñanza. Lowry (2006) distingue precisamente las figuras del sensei-maestro-y del deshi -discípulo o alumno- como posiciones relacionadas, pero diferenciadas, dentro del dōjō y de la tradición marcial. Google Books.

A partir de la anterior premisa puede formularse la siguiente pregunta:

¿CUÁNDO PUEDE CONSIDERARSE A UN PRACTICANTE ALUMNO DE OTRO EN LAS ARTES MARCIALES?

En las artes marciales tradicionales japonesas, particularmente dentro del karate-dō, kobudō, jūdō, kendō y otras expresiones del budō, existe un profundo respeto por la antigüedad, la experiencia, el grado y la figura del maestro. Sin embargo, ese respeto no significa que todo practicante de mayor edad, mayor antigüedad o mayor graduación se convierta automáticamente en maestro de aquellos con quienes comparte.

Este punto resulta fundamental cuando se pretende reconstruir correctamente la historia de una organización, un dōjō o una relación entre dos practicantes; Veamos algunos detalles:

a)     La relación entre sensei y deshi

Lowry (2006) estudia separadamente las figuras del sensei y del deshi. En las artes tradicionales japonesas, deshi identifica al discípulo que aprende dentro de una relación que trasciende la simple coincidencia física entre dos practicantes. Existe una transmisión de conocimientos y una relación de aprendizaje reconocible.

Por consiguiente, ser alumno de alguien supone haber recibido de esa persona una enseñanza marcial en calidad de discípulo, y no simplemente haber practicado, trabajado, dirigido una institución o participado conjuntamente en actividades.

La propia Nippon Budokan establece en la Budō Charter for Young People que durante el keiko el practicante sigue las enseñanzas de sus maestros y procura aprender correctamente las técnicas fundamentales (Nippon Budokan, s. f.). Esta formulación resulta importante porque relaciona expresamente al maestro con una función concreta: enseñar, y al estudiante con otra: aprender de esa enseñanza.

b)     La edad no crea por sí misma una relación maestro-alumno

Una primera distinción debe hacerse respecto de la edad.

El hecho que un practicante sea considerablemente mayor que otro merece el respeto que culturalmente corresponda, pero la diferencia de edad, considerada aisladamente, no constituye prueba de una relación maestro-alumno. Una persona puede ser mayor que otra y ambas pueden ser colegas, dirigentes, compañeros de práctica o colaboradores institucionales. En consecuencia: mayor edad ≠ maestro.

Pues la edad puede aportar experiencia vital y puede coincidir con una mayor trayectoria marcial, pero ninguna de esas circunstancias demuestra, por sí sola, que el practicante más joven haya sido alumno del mayor.

c)      El grado y el año de la graduación tampoco determina automáticamente la relación

Supongamos que dos practicantes comienzan a trabajar juntos cuando uno ya posee el grado de 3.er Dan y el otro ostenta un grado superior. Obvia e indiscutiblemente existe una diferencia jerárquica de graduación. El practicante de mayor grado merece el reconocimiento correspondiente a su rango y trayectoria, pero de ello no se desprende necesariamente:

El 3.er dan es alumno del practicante de mayor grado. Esta conclusión requeriría elementos adicionales. Veamos:

Un practicante que ya ha alcanzado el 3.er dan normalmente posee una trayectoria marcial previa, HA RECIBIDO FORMACIÓN, ha tenido uno o varios instructores y ha atravesado procesos de evaluación y graduación anteriores al encuentro con el otro practicante.

Por consiguiente, si ambos se encuentran cuando uno ya era 3.er dan, la pregunta histórica correcta sería: ¿Qué relación marcial establecieron a partir de ese momento? ¿Pudieron establecer una relación maestro-alumno?

Se debe atender que también pudieron establecer una relación entre practicantes experimentados, una relación senpai-kōhai, una colaboración técnica, una relación entre dirigentes o simplemente una asociación institucional. A todas luces, estas expresiones y/o conceptos No son equivalentes.

d)     Sensei, senpai y compañero no significan lo mismo

La tradición marcial japonesa distingue diferentes posiciones dentro de las relaciones interpersonales del dōjō.  A saber. El sensei ejerce una función docente. El senpai representa al practicante de mayor antigüedad dentro de determinada estructura o relación. El kōhai ocupa una posición posterior respecto del senpai. Y dos practicantes también pueden relacionarse como compañeros o colaboradores.

La literatura especializada sobre la etiqueta del dōjō reconoce precisamente que existen relaciones diferentes entre maestros y estudiantes y entre estudiantes de distinta antigüedad (Lowry, 2006).

Esto conduce a una distinción esencial: ser senior de una persona no significa necesariamente ser su maestro. Pues, una persona puede orientar ocasionalmente a otra, corregir una técnica, compartir conocimientos o ayudarla a perfeccionarse sin que por ello se transforme toda la relación histórica entre ambas en una relación maestro-discípulo.

e)      Compartir conocimientos tampoco basta

En las artes marciales japonesas es normal que los practicantes intercambien conocimientos. Por ejemplo, un karateka puede corregir a otro. Un practicante experimentado puede enseñar un kata. Un compañero puede explicar un bunkai. Un instructor de una organización puede dirigir ocasionalmente una práctica en la cual participan otros cinturones negros. Incluso dos maestros pueden aprender recíprocamente.

Lo que significa entones que la transmisión ocasional de conocimientos constituye evidencia de que existió enseñanza concreta, pero no necesariamente demuestra que existiera una relación permanente de maestro-alumno. Si fuere así llegaríamos a una consecuencia poco razonable, es decir: cada persona de quien alguna vez aprendimos una técnica tendría que ser considerada nuestro maestro formal. Si se asume esa postura, cada persona de la que se recibe un seminario, un taller, una capacitación, un congreso, fuere nuestro maestro. Lo mismo pasaría si se asume las correcciones que alguna vez hicieron los abuelos, tios, padrinos, etc., a sus parientes, y ellos nunca fueron y será nuestros padres ni se consideraran como tales. Ojo, el budō es más complejo que eso.

f)      Trabajar durante muchos años tampoco transforma automáticamente la relación

Para abrir este acápite es importante recordar que el tiempo compartido merece una consideración especial. Iniciamos indicando que, dos practicantes pueden permanecer diez, veinte o treinta años dentro de una misma organización. Pueden entrenar juntos, viajar, organizar campeonatos, impartir seminarios, participar en exámenes, dirigir instituciones e incluso desarrollar conjuntamente una escuela, pero existe una condición previa, los dos son alumnos del mismo maestro…Ese punto lo analizaremos en otro espacio…

Continuamos con el tema, la duración de la relación que estamos explicando en este aparado demuestra la permanencia de la relación, pero no determina por sí misma su naturaleza. Dicho de otra manera: el tiempo prueba cuánto duró una relación; no necesariamente qué clase de relación fue. Para determinar esto último debe examinarse cómo comenzó esa relación, qué funciones asumió cada persona y cómo ambos reconocieron esa relación mientras estuvo vigente.

g)     La finalidad institucional resulta particularmente relevante.

Para este aspecto, es importante destacar que este supuesto adquiere todavía mayor claridad cuando dos practicantes se reúnen expresamente para trabajar por el desarrollo de una institución…

Es decir, si al momento de encontrarse ambos eran practicantes experimentados y decidieron integrarse para desarrollar una asociación, federación, escuela, organización o proyecto marcial, la naturaleza originaria de esa relación constituye un dato histórico fundamental…

Si uno se incorporó expresamente para aprender bajo la dirección técnica del otro, entonces sí existirían elementos compatibles con una relación maestro-alumno. Pero si ambos se integraron como dirigentes, profesores, técnicos, fundadores o colaboradores para desarrollar conjuntamente una institución, NO resulta metodológicamente correcto transformar posteriormente esa colaboración institucional en una relación maestro-alumno sin evidencias adicionales que lo sustenten. NO se puede confundir una cosa con la otra.

Lo honesto es que la historia debe reconstruirse conforme a los hechos existentes durante el período estudiado y no únicamente mediante interpretaciones posteriores.

h)     ¿Qué elementos permitirían afirmar que realmente existió una relación maestra-alumno?

Para sostener seriamente que un practicante fue alumno de otro deberían poder identificarse varios elementos concurrentes, entre ellos:

1.      Existencia de enseñanza sistemática. El supuesto maestro impartía regularmente conocimientos técnicos, filosóficos o metodológicos al supuesto alumno.

2.      Aceptación de la enseñanza. El practicante recibía esa formación precisamente en condición de estudiante o discípulo.

3.      Reconocimiento de roles. Durante la relación existía alguna forma verificable de reconocimiento del vínculo maestro–alumno.

4.      Continuidad. No se trataba únicamente de correcciones, seminarios o intercambios ocasionales.

5.      Contexto técnico. La relación estaba orientada fundamentalmente a la transmisión del arte y no solamente a funciones administrativas o institucionales.

6.      Evidencias históricas. Fotografías contextualizadas, diplomas, registros de dōjō, documentos institucionales, programas de seminarios, certificaciones, correspondencia, testimonios concordantes u otras fuentes pueden contribuir a determinar cómo se reconocía realmente la relación.

Ojo, ninguno de estos elementos tiene necesariamente que existir aisladamente como requisito absoluto; lo importante es valorar conjuntamente las evidencias.

i)       El respeto no exige alterar la historia

Esta reflexión tampoco debe interpretarse como una disminución del respeto debido a los practicantes de mayor edad, antigüedad o grado. Precisamente el budō concede una importancia central al respeto, la etiqueta, la formación moral y la consideración hacia los demás.

La Budō Charter destaca expresamente la cortesía, las enseñanzas de los maestros y el perfeccionamiento de la persona mediante la práctica (Nippon Budokan, s. f.).

Siendo así, reconocer la trayectoria de una persona y reconocerla como maestro propio son afirmaciones diferentes.

Se puede afirmar legítimamente lo siguiente:

Es un maestro de gran trayectoria, es mi superior en grado, es un practicante más antiguo, trabajamos juntos durante muchos años, aprendí determinadas técnicas de él, compartimos la dirección y desarrollo de una organización.

Todas estas expresiones pueden ser ciertas sin que necesariamente sea cierta otra afirmación distinta: ¿Yo fui su alumno?...

j)       Cuando la relación termina

La terminación posterior de la colaboración tampoco debería modificar retrospectivamente su naturaleza. Si fueron maestro y alumno durante veinte o más años, una separación posterior no elimina esa realidad histórica. Pero funciona también en sentido contrario: si durante veinte o treinta años fueron compañeros, dirigentes o colaboradores, la separación posterior no convierte retrospectivamente a uno en maestro del otro.

Este significa que la historia marcial debe ser coherente, tanto durante la amistad como después de la separación. Por ello, cuando surgen controversias sobre linajes o relaciones personales, la pregunta no debería ser quién tiene actualmente mayor reconocimiento, quién posee mayor edad o quién alcanzó posteriormente un grado superior. La pregunta históricamente relevante seria:

¿Qué relación existía realmente entre esas personas durante el período en que compartieron?

Es decir, si un practicante ya ostentaba el 3er dan cuando comenzó a relacionarse con otro practicante de mayor edad, experiencia o graduación, y ambos se reunieron principalmente para trabajar por el desarrollo de una institución, esos hechos, considerados aisladamente, NO son suficientes para concluir que el primero se convirtió en alumno del segundo.

Tampoco sería correcto afirmar automáticamente lo contrario. Ya que para determinarlo habría que demostrar que, además de la colaboración institucional, nació entre ellos una verdadera relación continuada de enseñanza-aprendizaje y que dicha relación fue reconocida como tal. Por tanto, desde una perspectiva histórica y conceptual rigurosa:

La edad genera respeto; la antigüedad genera precedencia; el grado establece una determinada jerarquía técnica; la función institucional atribuye responsabilidades; pero ninguna de estas circunstancias, por sí sola, crea una relación maestro-alumno. Esta nace fundamentalmente de una relación real, continuada y reconocible de enseñanza y aprendizaje, donde la misma iniciara desde la transmisión de los fundamentos de los que trate y para el caso del presente análisis, la relación estuvo antecedida de la existencia de un maestro común y un sempai que representaba el maestro común…

Reflexión final

En las artes marciales tradicionales debemos ser particularmente cuidadosos cuando hablamos de nuestros maestros. Llamar maestro a quien realmente nos enseñó constituye un acto de gratitud y justicia. Reconocer a nuestros mayores y superiores constituye una manifestación del verdadero Do, del respeto inherente al budō. Reconocer a nuestros compañeros y colaboradores también constituye un acto de honestidad.

Pero confundir esas categorías puede producir una reconstrucción histórica incorrecta.

Dos practicantes pueden caminar juntos durante décadas sin que uno sea necesariamente discípulo del otro. Pueden aprender mutuamente, respetarse, desarrollar instituciones, intercambiar técnicas y contribuir conjuntamente al crecimiento de un arte.

La verdadera tradición marcial no necesita engrandecer una trayectoria disminuyendo la de otra persona.

Por ello, ni la edad, ni el grado superior, ni muchos años de convivencia, ni haber ocupado una posición institucional de mayor jerarquía constituyen, aisladamente, prueba suficiente para atribuir la condición de maestro sobre otro practicante. Por el contrario, cuidado, pues ello puede ser señales de iniciar la salida del rumbo, del Do…

Esta forma de analizar la historia protege algo especialmente importante dentro del budō: el respeto a la verdad de cada trayectoria marcial.

Referencias

Lowry, D. (2006). In the dojo: A guide to the rituals and etiquette of the Japanese martial arts. Weatherhill.

Nippon Budokan. (2009). Budō: The martial ways of Japan (A. Bennett, Ed. & Trans.). Nippon Budokan Foundation.

Nippon Budokan. (s. f.). The Budō Charter for Young People. Nippon Budokan.

La fuente institucional principal es la Nippon Budokan, y la propia institución identifica Budō: The Martial Ways of Japan como una obra colectiva en cuya elaboración participaron las federaciones representativas de jūdō, kendō, kyūdō, sumō, karate-dō, aikidō, Shorinji Kempo, naginata y jūkendō. SITENAME

 


Wednesday, August 05, 2026

Asociación Dominicana de Goju Ryu y FEDOKOBUDO participan en la conmemoración de los 70 años de la inmigración japonesa a la República Dominicana

 

Asociación Dominicana de Goju Ryu y FEDOKOBUDO participan en la conmemoración de los 70 años de la inmigración japonesa a la República Dominicana

La Vigía, Dajabón, República Dominicana.


La Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do y la Federación Dominicana de Kobudo (FEDOKOBUDO) participaron de manera destacada en el DAJAPÓN Fest 2026, actividad organizada para conmemorar el 70.º aniversario de la llegada de la inmigración japonesa a la República Dominicana, celebrada los días 1 y 2 de agosto en la comunidad de La Vigía, provincia Dajabón.

                                     

La delegación dominicana estuvo encabezada por el Sensei Ing. Pedro Generoso Montero, presidente de la Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do, inmortal del Deporte dominicano y por el Sensei Dr. Manuel Coronado, Director Técnico de FEDOKOBUDO, vicepresidente de la Federación Dominicana de Karate, presidente de la Asociación de Karate de la Provincia Duarte, director del Tribunal Nacional de Grados, e inmortal del deporte de la Región Nordeste.


                                  







                                            


Durante la jornada del domingo 2 de agosto, los representantes dominicanos ofrecieron una exhibición de Karate Goju Ryu y Kobudo Tradicional de Okinawa, mediante la cual presentaron técnicas fundamentales (kihon), ejercicios de combate convencional (Ippon Kumite, Nihon Kumite, Sambon Kumite y Gohon Kumite), demostraciones de kata y sus aplicaciones prácticas (bunkai), así como exhibiciones de manejo de armas tradicionales del Kobudo, entre ellas Bo, Jo, Sai, Tonfa y Kama, concluyendo con combates demostrativos entre diferentes armas tradicionales.

                               


                               


                                   

                            

Durante la presentación, el Sensei Pedro Generoso Montero realizó una reseña histórica sobre la introducción del Goju Ryu Karate y del Kobudo en la República Dominicana, resaltando la invaluable contribución de los maestros japoneses Tameyoshi Sakamoto, Seigi Kasahara y Momoru Matsunaga, cuyas enseñanzas marcaron el inicio y desarrollo de las artes marciales tradicionales japonesas en el país.

La delegación contó además con la distinguida presencia de la señora Sayuri Sakamoto Díaz, hija mayor del maestro Tameyoshi Sakamoto, cuya asistencia constituyó un emotivo homenaje al legado de uno de los principales impulsores del Karate Goju Ryu y del Kobudo en la República Dominicana.

Los atletas participantes pertenecen a los Dojos afiliados a la Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do y a FEDOKOBUDO de las provincias Santo Domingo y Duarte, quienes prepararon especialmente esta presentación para rendir homenaje a la comunidad japonesa establecida en La Vigía y a los pioneros que fortalecieron las relaciones de amistad entre Japón y la República Dominicana.

La participación de la delegación fue posible gracias al respaldo de Seaboard Energía Limpia, empresa que brindó apoyo para hacer realidad esta representación cultural. La Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do y FEDOKOBUDO expresan su agradecimiento al señor Armando Rodríguez, Gerente General de Seaboard, y al señor Fernando Geraldino, Gerente de Responsabilidad Social Corporativa, por su decidido respaldo a esta iniciativa.

Asimismo, ambas instituciones reconocieron la colaboración de la Unión Deportiva de la Provincia Duarte, presidida por el profesor Wilian Hernández, cuya gestión contribuyó significativamente a la participación de la delegación en esta importante celebración.


       

Al concluir la actividad, los dirigentes de ambas organizaciones reafirmaron su compromiso de continuar promoviendo las artes marciales tradicionales japonesas como instrumentos de formación integral, preservación cultural y fortalecimiento de los históricos lazos de amistad entre la República Dominicana y el Japón.

                                                    














El DAJAPÓN Fest 2026 reunió a representantes de la comunidad japonesa, autoridades nacionales y locales, organizaciones culturales y cientos de visitantes, consolidándose como uno de los principales escenarios para reconocer el aporte de la inmigración japonesa al desarrollo económico, social y cultural de la República Dominicana, al cumplirse siete décadas del establecimiento de las primeras familias japonesas en la comunidad de La Vigía, Dajabón.

Para más información:

Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do
Federación Dominicana de Kobudo (FEDOKOBUDO)

https://jkfgojukaidominicana.blogspot.com/ 

https://federaciondekobudodominicano.blogspot.com/?m=1

 

 


Friday, May 15, 2026

COMITÉ DE VETERANOS DEL PABELLÓN DE LA FAMA DEL DEPORTE DOMINICANO LLAMA AL PUEBLO A RESPALDAR LOS JUEGOS CENTROAMERICANOS Y DEL CARIBE 2026

 

COMITÉ DE VETERANOS DEL PABELLÓN DE LA FAMA DEL DEPORTE DOMINICANO LLAMA AL PUEBLO A RESPALDAR LOS JUEGOS CENTROAMERICANOS Y DEL CARIBE 2026.






Santo Domingo, República Dominicana. El Comité de Veteranos del Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano realizó un llamado al pueblo dominicano para respaldar de manera firme y entusiasta la celebración de los Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026, evento deportivo regional que conmemorará cien años de historia desde su creación.

La entidad destacó que del 24 de julio al 8 de agosto de 2026 la República Dominicana será sede de uno de los acontecimientos deportivos más importantes del continente, donde aproximadamente 6,500 atletas provenientes de 38 países estarán participando en 24 disciplinas deportivas, constituyendo la mayor participación de delegaciones en la historia de estos juegos.

Entre las disciplinas deportivas programadas figuran béisbol, karate, atletismo, tenis de mesa, baloncesto, sóftbol, voleibol y otras competencias de alto nivel que reunirán a destacados atletas del área centroamericana y caribeña.

El Comité resaltó la importancia de que toda la ciudadanía dominicana se una en respaldo a este magno evento deportivo internacional, el cual proyectará la imagen del país ante el mundo y fortalecerá el desarrollo del deporte nacional y regional.

De manera especial, el primer inmortal del Karate Dominicano, sensei Generoso Montero, presidente de la Asociación Dominicana de Goju Ryu Karate Do y Junbukai República Dominicana-Shinyukaikan Goju Ryu Karate y Kobudo, así como de la Confederación Dominicana de Artes Marciales (CONFEDOARMA) exhortó a todos los dominicanos a brindar apoyo total a las delegaciones participantes y a convertirse en anfitriones ejemplares durante el desarrollo de los juegos.

El sensei Montero expresó que la celebración del centenario de los Juegos Centroamericanos y del Caribe representa un hecho histórico para la República Dominicana y para el deporte regional, por lo que invitó a las familias dominicanas, instituciones deportivas y sectores sociales a integrarse activamente a las actividades programadas.

El Comité de Veteranos del Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano reiteró que el éxito de estos juegos dependerá también del respaldo y entusiasmo del pueblo dominicano, reafirmando así el compromiso nacional con el deporte, la juventud y la integración de los pueblos de la región.


Saturday, April 11, 2026

A LA OPINIÓN PÚBLICA-LOS ORÍGENES DEL GOJU RYU EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

 

 A LA OPINIÓN PÚBLICA

LOS ORÍGENES DEL GOJU RYU EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Este análisis nace a propósito de la declaración hecha por un alumno del sensei Di Carlo en las redes sociales (Facebook) el día 11 de abril de 2026.

Por:

Pedro Generoso Montero (Sensei) 

Presidente Asociación Dominicana de Goju Ryu karate do.

(1er dominicano en alcanzar el cinturón negro en karate Goju Ryu, inmortal del deporte dominicano, y del Safamrd).

 

1. Elemento contextual previo a la declaración

Como antecedente inmediato al presente comunicado y reflexión, surge a consecuencia de la interpretación vinculada a dos momentos que aparecen en la fotografía que presenta al sensei Higaonna y sensei Di Carlo y a la evolución histórica del Goju Ryu en la República Dominicana.

Se ha sostenido que la imagen (ver al pie de este párrafo), la cual según el texto que la acompaña en su publicación original, que la misma representa el momento en que, desde una perspectiva vivencial, es el momento que “nace verdaderamente el Goju Ryu en la República Dominicana”, asociando dicho acontecimiento con la visita del sensei Morio Higaonna al país (República Dominicana), en una actividad celebrada en el Palacio de los Deportes de Santo Domingo.


 


 Asimismo, se ha indicado que, cuarenta años después, se produce un reencuentro en Okinawa entre el sensei Di Carlo y el maestro Higaonna, lo cual ha sido interpretado como un símbolo de continuidad histórica.

No obstante, estas afirmaciones han generado debate dentro de la comunidad marcial, especialmente en lo relativo a la precisión cronológica y a la interpretación del origen del Goju Ryu en el país. En tal sentido, resulta necesario distinguir entre:

·         El origen histórico formal del Goju Ryu en la República Dominicana, vinculado a la labor del maestro Tameyoshi Sakamoto desde la década de los años 60.

·         Y los procesos de expansión, fortalecimiento e internacionalización, asociados a eventos posteriores, como la visita de maestros internacionales.

Diversos testimonios históricos evidencian que la práctica del Goju Ryu en el país se remonta al año 1963, lo cual permite afirmar que atribuir su “nacimiento” a eventos posteriores constituye una apreciación subjetiva y no un hecho histórico formal (Rafael Álvarez).

En este contexto, certeramente declara el sensei Pedro Generoso Montero, que el actual escrito representa un testimonio orientado a aportar claridad, coherencia histórica y responsabilidad en la construcción de la memoria del Goju Ryu dominicano, el cual es enteramente creíble.

 







2. Narración histórica del Sensei Pedro Generoso Montero

2.1. Contexto histórico y primeros contactos internacionales

Indica el sensei Montero, haciendo memoria, durante la década de los años 90 tuvimos la oportunidad de conocer al maestro Morio Higaonna a través de la gestión realizada por el sensei Rafael Álvarez, quien sirvió como enlace para establecer dicha relación.

Producto de esta gestión, en el año 1990 se formalizó la invitación para que el maestro Higaonna visitara la República Dominicana, permaneciendo en el país bajo la responsabilidad de un grupo de practicantes del Goju Ryu nacional.

2.2. Encuentro en el Dojo YOSHIYUKI

El encuentro se desarrolló en el Centro de Artes Marciales YOSIYUKI Dojo, dirigido por el Ing. Francisco Pimentel (“Chico”), con la presencia de:

  • Víctor Liriano
  • Rafael Álvarez
  • Felton Messina (invitado)
  • Manuel Coronado
  • José Ruiz, y
  • Pedro Generoso Montero
  • Entre otros...





Para ese momento, el maestro Tameyoshi Sakamoto había delegado la conducción del Goju Ryu en la República Dominicana en el Sempai Montero, debido a su viaje a Japón..




 

 


 2.3. Inclusión del sensei Di Carlo

Durante el encuentro, se propuso la inclusión del sensei Di Carlo, en virtud de su condición de alumno directo del maestro Sakamoto, lo cual fue aprobado, integrándose así al intercambio entre el Goju Ryu dominicano y la organización internacional IOGKF.

 

2.4. Origen del Goju Ryu en República Dominicana

El Goju Ryu en la República Dominicana tiene su origen en la labor del maestro Tameyoshi Sakamoto, quien llegó al país en el año 1957 como inmigrante japonés.


 

 

 Sensei Tameyoshi Sakamoto

Como parte de ese proceso migratorio, se introdujeron en nuestra nación diversas disciplinas marciales japonesas, tales como:

  • Judo

  • Kobudo
  • Kendo
  • Iaido
  • Karate

 


 Tiempo después de la llegada del sensei Sakamoto al país, en el año 1963, este formalizó su enseñanza bajo la denominación: Seito Karatedo Goju Ryu Shirenkan.

Esto implica que practicantes como el sensei Di Carlo se formaron directamente bajo su instrucción desde la década de los años 60.

2.5. Proyección internacional y hechos verificables

El encuentro de 1990 marcó un punto de inflexión en la proyección internacional del Goju Ryu dominicano.

Existen evidencias de la participación del Sempai Montero y del sensei Álvarez en el torneo internacional de la IOGKF en Okinawa en el año 1991, lo cual confirma la inserción del país en el ámbito internacional.

2.6. Reflexión sobre la construcción histórica

La construcción de la historia debe fundamentarse en hechos verificables y no en interpretaciones parciales o emocionales.



 

 

 

 

 

 

 

 


Si bien existen distintas percepciones, corresponde a los practicantes de mayor edad y trayectoria preservar la fidelidad histórica del desarrollo del Goju Ryu en la República Dominicana. Esta historia corresponde a los alumnos vivos del sensei Sakamoto, ellos son:

  • Di Carlo
  • Generoso Montero
  • Rafael Álvarez
  • José Ruiz
  • Manuel Coronado
  • Víctor Liriano.







Pues, como cabezas de sus escuelas, ellos tienen la responsabilidad histórica de preservar:
  • La técnica
  • La filosofía
  • La institucionalidad
  • El respeto interorganizacional.

2.7. Principios rectores

El desarrollo del Goju Ryu dominicano debe sustentarse en:

  • Disciplina
  • Orden
  • Moral
  • Respeto personal y
  • Respeto a las normas y principios marciales y legales.

 

2.8. Llamado a la unidad

Personalmente, nosotros reafirmamos el respeto hacia el sensei Di Carlo y sus alumnos, y reconocemos su papel dentro del proceso histórico.

Asimismo, se mantiene abierta la relación institucional con los sensei Liriano y Álvarez, en virtud de la hermandad construida a lo largo del tiempo.

 



 2.9. Reflexión final

La historia del Goju Ryu en la República Dominicana tiene como eje central la figura del maestro Tameyoshi Sakamoto. Su preservación exige compromiso, objetividad y respeto por la verdad histórica. En consecuencia, se impone como deber colectivo promover la armonía, el equilibrio y los valores esenciales del Budo:

  • Amor al prójimo
  • Autodominio
  • Integridad

Porque, en definitiva: “La verdad nos hará libres.”